El Ministerio de
Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy el reglamento operativo del Programa de
garantías del Gobierno Nacional a las empresas del sistema financiero.
Mediante Resolución
Ministerial 178-2020-EF/15, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se
establece que el reglamento tiene por objeto regular los aspectos operativos y
disposiciones complementarias necesarias para la implementación de este
programa, a efectos de incrementar la capacidad de las empresas del sistema
financiero para afrontar escenarios de mayor demanda por liquidez.
Ello a través de un
mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en
moneda nacional y extranjera colocados por estas empresas.
Según la norma, por
resolución ministerial del MEF, se aprobó el contrato mediante el cual se
formaliza el otorgamiento de la garantía, según se realice mediante fideicomiso
o comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza.
La garantía que
otorgue el Gobierno Nacional a la cartera de créditos, conformada por créditos
de monto individual inferiores a 20,000 soles, se canaliza exclusivamente a
través de un fideicomiso.
Las garantías que
se emitan son eficaces solo para garantizar el 80% de la cartera de
créditos de las empresas del sistema financiero.
Asimismo, el monto
máximo de la cartera de créditos que cada empresa puede inscribir en el
programa está en función de su patrimonio efectivo al 29 de febrero de este
año, ajustado de acuerdo con su clasificación de riesgo, o la suma de 600
millones de soles, el que resulte menor.
El límite es del
100% del patrimonio efectivo para las empresas con clasificación de riesgo por
lo menos de B, emitida por una empresa clasificadora de riesgo; 80 % del
patrimonio efectivo para aquellas clasificadas entre B- y C-; y del 60 % del
patrimonio efectivo para las empresas clasificadas en categorías de riesgo por
debajo de C-.
Fuente: andina.pe
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